Dedicar
exclusivamente sus actividades a la
realización de publicidad por
cuenta de terceros.
Tener
licencia para operar como Agencia de
Publicidad
Manejar
la totalidad de la publicidad de por
lo menos cuatro clientes que no tengan
vinculación comercial entre sí
y que no sean competidores.
Tener
un mínimo de un año de
actividades y estar inscritos en los
Registros Públicos
Declarar
el conocimiento del Código de
Ética y de los Estatutos y Reglamentos
de la Asociación y obligarse
a cumplirlos.
Ofrecer
las suficientes garantías de
solvencia moral y económica.
Ser
recomendado por tres agencias asociadas
a la APAP.
Cancelar
la cuota de Ingreso* y las cuotas mensuales
**.
No podrán ser miembros activos
de la Asociación aquellas Agencias
de Publicidad que aún cumpliendo
todos los requisitos señalados
en los acápites anteriores,
actúen en el mercado como "
broker" de espacio y/o tiempo
de medio publicitario alguno. La Agencia
de Publicidad que posteriormente a
su incorporación a la Asociación
adoptara el carácter de "broker"
perderá su condición
de asociada.
*,
** Mayor información T. (511)
242-1149
Asociación Peruana de Agencias de Publicidad - APAP